Nulidad del emplazamiento.



Hemos hablado sobre los efecto del emplazamiento en la publicación anterior, ahora veremos esta figura llamada nulidad. Puede ser la formas de impugnar los defectos del antes mencionado en publicaciones anteriores “emplazamiento”.

🦉Incidente de nulidad: Recalcamos que es un bloque o incidente en el cual impide la continuidad del procedimiento, el cual no podrá reanudarse hasta que el juzgador resuelva la nulidad reclamada. Esta mencionada se puede mencionar o interponer en la contestación de la demanda, se deberá presentar antes que el juez dicte sentencia definitiva. 
🦉Apelación: se dice que es un recurso de apelación en el cual es ordinario y con jerarquía jurídica, la ley concede a la parte que resulte perjudicada para acudir ante un juez superior y debatir el caso. Es decir la posibilidad de practicar nuevamente pruebas para la revocación y resolución dictada por otro juzgador.
🦉Juicio de amparo: podemos destacar que es un procedimiento autónomo con características propias, su finalidad es resolver toda aquella controversia que se suscite en esta caso por violaciones por la autoridad que afecten las garantías individuales.




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