Audiencia previa, de conciliación y de excepciones procesales.





Hoy explicaremos este tema buscando objetivos a fin de logar que el lector comprenda la relación jurídica conforme a la materia procesal, así como de distinguir y relacionar cada tema expresado.

¿Qué es una audiencia? algunos de nosotros nos preguntaremos por dicha palabra.
Una audiencia es aquel procedimiento de manera jurídica en el cual se expresa ante un tribunal, llevando acabo un proceso en donde ambas partes exponer sus retenciones.

Cuando hablamos de la audiencia previa, se debe de mencionar que esta compuesta por puntos, los cuales son: 

1.Intentar la conciliación.
2.Analizar y resolver aquellas condiciones de la acción, como presupuestos y excepciones procesales. 
3.Fijar el objeto de proceso.
4. Resolver mediante la admisión.


Se habla de la conciliación cuando el conciliador preparara aquellas soluciones al litigio, es decir llegar a un convenio suscrito por partes con capacidad procesal. 

Aquellas excepciones procesales se resolverán en la audiencia previa , de conciliación.  


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