Alegatos.
Los alegatos en un proceso civil o en cualquier otro, son aquellas argumentaciones que pretenden demostrar al juzgador que las pruebas practicadas han afirmado todo aquello que se expreso.
Podemos recalcar que se refiere al escrito que el actor hace la expresión de las pruebas a las razones de hecho y derecho que abonan sus respectivas conclusiones.
Hacemos un enlace mencionado que aquellos alegatos de forma los componen el oral o escrita que son prácticamente las conclusiones.
Y por otro lado podemos mencionar que son de contenido, argumentaciones sobre dichas pruebas y hechos.
Cuando hablamos de aquellos juicios orales en presencia de los alegatos orales, estos se presentan en la misma audiencia de pruebas aquí se le da el uso de la palabra al actor o a su representante legal y al ministerio público en los casos que se intervenga.
Al momento de expresar dichos alegatos de manera verbal puede tener más realce ante el juez y su secretario al momento de dictar sentencia. “las partes alegaron a su derecho a favor”.
Citación para la sentencia.
Podemos recalcar que es aquel acto procesal el cual el juzgador, una vez que se han expresado los alegatos, se procederá a dictar sentencia.
Se pronuncia aquel fallo y se notifica por boletín judicial de 15 días, se amplía hasta por 10 días más.
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