Admisión de la demanda.
Hemos visto diferentes temas de manera clara y concreta, en las publicaciones anteriores, cabe mencionar que esta ves precisaremos la admisión de la demanda; esta admisión que recibe el juzgador debe de cumplir con todos los requisitos en tiempo y forma.
En virtud de que el juzgador considere que se reúnen todos los requisitos explicados con anterioridad, se da el emplazamiento o mas bien se ordena por parte del juzgador, en este proceso se da el juicio como debe de ser en el proceso.
Cabe señalar que aquí el juez solo esta aceptando la admisibilidad de la demanda mas no las pretensiones por parte del actor.
Es lo que podemos destacar de esta parte del proceso, en la siguiente publicación hablaremos sobre la prevención que es el segundo término por parte del juzgador que puede tomar al demandante.
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